lunes, 17 de marzo de 2014

Análisis y reflexión sobre conceptos

Introducción

El ser humano tiene como distintivo la capacidad de razonar, cuyo instrumento primordial es el de conceptualizar por medio de la abstracción, para lo cual hemos desarrollado el lenguaje.
Miles de lenguas conviven en el mundo, lenguas que han sido desarrollados paralelamente a la historia del hombre, lenguas que sintetizan culturas, que son producto de las vivencias, experiencias, intercambios, consensos, hitos, entorno, evolución, etc., de los pueblos; lenguas vivas y vertiginosas que determinan y delimitan el pensamiento, imprimiéndole cada una su sello particular que puede producir confusiones conceptuales entre diferentes lenguas e incluso dentro de la misma en diferentes regiones, por lo cual para el buen entendimiento es pertinente discernir con precisión, con la menor ambigüedad posible y con sentido estricto cada concepto utilizado.
Nuestro caso de estudio, “las garantías constitucionales” “Derechos humanos” “Derechos fundamentales” y “Garantías individuales”, son objeto de tales problemáticas originadas en el lenguaje, por lo que en el presente ensayo se pretende dilucidar entre los conceptos principales del tema que producen confusión.

Derechos humanos

Son aquellos derechos producto de las aspiraciones universales supra-jurídicas subjetivas e innatas cuya titularidad es portada por todo el género humano
A diferencia de los derechos fundamentales, no necesitan de estar incluidos en los ordenamientos jurídicos, pues son supremos, están por encima de los Estados, pero se asemejan en que ambos resguardan la libertad, la igualdad y la dignidad de los humanos
El término se utiliza para referirse a los derechos de la humanidad en general, son de carácter moral-político.

Derechos fundamentales

Derechos humanos garantizados por el ordenamiento jurídico positivo, en la mayor parte de los casos en su normativa constitucional y que suelen gozar de una tutela reforzada. Derechos humanos positivados que se imponen al Estado, únicamente son titulares aquellos que están regulados dentro de tal ordenamiento jurídico y los sujetos del deber jurídico son los Estados. Son de carácter jurídico, regularmente dogmático.

Garantía

Es una institución jurídica de seguridad para que el Estado proteja y restablezca el derecho subjetivo cuando este ha sido vulnerado tanto por un individuo-grupo como por el propio Estado.

Garantías individuales

Es la protección, a través de medios procesales, de los derechos fundamentales, dotándolos de efectividad y aplicabilidad, atribuyéndole responsabilidad de vigilancia al Estado sin embargo el termino esta en desuso, por haber sido utilizados por primera vez en la constitución mexicana como sinónimo de derechos fundamentales, lo que fue modificado en el año 2011 con una reforma constitucional


Garantías constitucionales

Es la protección, por medios procesales, a los derechos que están consagrados en la constitución, pertenecen al ordenamiento jurídico, no son derechos en si mismos, sino instrumentos en función de los derechos constitucionales, que facultan al individuo o a la sociedad, para ejercer su acción ante la conculcación de los derechos constitucionales por parte de otro individuo o grupo o del propio Estado.


Conclusión

A lo largo de la evolución jurídica, a través de los procesos dialécticos se han sintetizado cada vez con mayor precisión los conceptos jurídicos, reduciendo su ambigüedad y aumentando la certeza jurídica, en el presente ensayo se procuró sintetizar conceptos que fueron motivo de confusión y debate, en los últimos tiempos.

Reflexión

Los derechos humanos, son el producto, principalmente, del consenso, experiencias e historia del hombre occidental, adoptadas o impuestas al resto del mundo, es decir, ya sea por medio de recepción política o recepción técnica, de ahí su “universalidad”; sin embargo, creo que debemos incluir como recepción política, la recepción por medios de presiones político-económico-financieras, que son otros medios también violentos, la continuación de la guerra por otros medios, lo cual es muy recurrente en la actualidad, las “sanciones económicas” a Irán, Venezuela, Cuba, etc., muchas veces de carácter unilateral u organizacional, (OTAN), son un claro ejemplo. Por lo que darles el carácter de “universal” me parece que excede al concepto, no resiste el análisis histórico-político, considerando los medios (agresivos) al momento de “universalizarlos” me resulta más adecuado darles la característica de “Globales”, sobre todo en el mundo multipolar, en donde el eurocentrismo está finalmente cediendo, la descolonización epistemológica del mundo da paso a nuevas formas de concebir los “derechos humanos”, por ende, lo “occidental” está dejando de ser “universal” como lo han pretendido en los últimos siglos.


Jacome Durand


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